Abogado Experto en Contrato Realidad
Demanda por prestación de servicios
Aunque el contrato de prestación de servicios se ha utilizado para vincular personal en las entidades públicas, este se ha convertido en un mecanismo para desconocer derechos laborales. No obstante, la Constitución, la Ley y la jurisprudencia han establecido herramientas sólidas para defensa de los derechos y beneficios mínimos que derivan de una verdadera relación laboral, conocida como Contrato Realidad.
Si usted es Contratista de una Entidad del Estado y además:
Cumple Horario
Tiene un Puesto de Trabajo dentro de la Entidad
Recibe órdenes e Instrucciones
Sus derechos laborales pueden estar siendo vulnerados
Nuestra firma de abogados ha ganado más de 120 casos de profesionales como:
Maestras de Jardines infantiles de la SDIS
Médicos
Conductores
Enfermeras y auxiliares de enfermería
Nutricionistas
Terapeutas ocupacionales
En estos casos, los contratistas estaban vinculados mediante contratos de prestación de servicios, pero se logró demostrar el elemento de subordinación laboral, lo que resultó en:
Reconocimiento de sus derechos laborales
Pago de prestaciones sociales.
En Tehelen & Ortegón Abogados Protegemos sus Derechos
Testimonios
La satisfacción de nuestros clientes es nuestro mejor respaldo. Conoce sus experiencias y cómo hemos logrado defender sus derechos con compromiso y resultados.








Hace un tiempo inicie el proceso para reconocer mis derechos de prestaciones sociales con la SDIS , lo que era incertidumbre hoy es un hecho, quiero manifestar mis más sinceros agradecimientos al grupo Tehelen y ortegon abogados, en especial al Doctor Mauricio quien fue el encargado de llevar mi proceso desde el principio .
Gracias a todos por esta labor.
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Asesoría inicial Gratuita
Preguntas Frecuentes (FAQ) para Contrato Realidad
¿Qué es el contrato realidad en Colombia?
Es el principio jurídico que reconoce la existencia de una verdadera relación laboral, con todos sus derechos y prestaciones, a pesar de que se haya firmado un contrato de prestación de servicios.
¿Cómo saber si mi contrato de prestación de servicios es en realidad laboral?
Existen tres indicios clave:
- Si usted presta el servicio de forma personal,
- Si recibe una remuneración mensual, y
- Si existe subordinación, es decir, debe cumplir horarios y recibir órdenes directas de un jefe.
¿Cuánto tiempo tengo para demandar al Estado por contrato realidad?
Usted cuenta con un término de tres (3) años contados a partir de la terminación del vínculo contractual para reclamar sus derechos laborales.
¿Qué pagos puedo reclamar en una demanda de contrato realidad?
Usted tiene derecho al pago retroactivo de cesantías, intereses a las cesantías, primas de servicios, vacaciones y la devolución de los aportes a salud y pensión que usted pagó como contratista.
¿Es necesario intentar una conciliación antes de la demanda?
Sí, en procesos contra entidades del Estado es obligatorio agotar el requisito de conciliación prejudicial ante la Procuraduría antes de radicar la demanda ante los jueces.
¿Puedo demandar si actualmente sigo prestando servicios?
Sí. Incluso mientras la relación de servicios continúa, se puede demandar para que se declare la existencia de un contrato laboral y se ordene el pago de prestaciones desde el inicio. Algunas personas esperan a terminar, pero puede demandar sin renunciar mientras recopila pruebas.
¿Qué pasa si firmé contratos de prestación de servicios año tras año?
Eso fortalece su demanda, ya que muestra continuidad, subordinación estable y dependencia económica. Las renovaciones sucesivas son un indicio contundente de relación laboral.
¿Necesito aportar mucho dinero para abogados?
Muchas firmas trabajan con arreglos de porcentaje sobre lo que se recupere (pacto de cuota litis). Además, el proceso laboral es gratuito para el trabajador en cuanto a costas judiciales iniciales. No hay excusa para no asesorarse.
